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octubre 20, 2025

La Primicia Noticias

Una Nueva mirada

La voz de la niñez: cuando la Corte escucha lo que la sociedad calla

Por: Milagros Sarmiento Ortiz

En medio de los complejos problemas jurídicos que suele enfrentar la Corte Constitucional, pocas veces encontramos sentencias que nos interpelan desde lo más íntimo: la niñez, su derecho a ser escuchada y, sobre todo, a no ser obligada a convivir en entornos que le generan miedo y desconfianza.

La Sentencia T-350 de 2025 se erige como un hito porque protegió la voz de una niña que, con valentía, acudió a la tutela y con puño y letras exigió lo que el mundo adulto parecía haberle negado: que sus sentimientos fueran tenidos en cuenta en el proceso de visitas con su padre biológico.

El fallo es ejemplar porque reivindica algo esencial: los niños no son sujetos pasivos, sino titulares plenos de derechos. Durante décadas se habló del “interés superior del menor” como un principio orientador, pero muchas veces interpretado desde la mirada adulta, sin preguntarles realmente a los niños qué sienten, qué desean y qué temen. Este pronunciamiento recuerda que el interés superior no puede definirse de espaldas a quienes lo encarnan.

Más allá del contenido jurídico, destaca la forma en que fue escrito. No es un texto frío ni distante; se dirige directamente a la niña, reconociendo su valentía y explicándole en palabras sencillas que su voz no solo fue escuchada, sino protegida. Este gesto pedagógico dignifica la justicia y demuestra que la empatía también puede habitar los estrados judiciales.

Pero la reflexión trasciende el caso concreto. ¿Estamos realmente escuchando a los niños? ¿O seguimos imponiendo sobre ellos dinámicas familiares, sociales y escolares que los silencian? ¿Comprendemos que obligar a un menor a relacionarse con alguien que le genera angustia puede convertirse en una forma de violencia invisible? La Corte, con este fallo, nos recuerda que su bienestar emocional debe ser la prioridad.

En esa línea, la decisión ordena que no se insista en terapias psicológicas que agoten, que no se impongan visitas sin garantizar seguridad emocional y que la voz del niño sea el eje de cualquier decisión. Este enfoque no solo fortalece el derecho, sino que aporta una mirada profundamente humana a la justicia: escuchar no es un trámite, es un deber.

Como mujer, abogada y ciudadana, no puedo dejar de sentir una especial sensibilidad frente a esta sentencia. Los niños y niñas no deben cargar el peso de demostrar lo evidente: que sus emociones importan. La T-350 de 2025 nos enseña que el derecho también puede integrar el ser y nos invita a replantearnos cómo escuchamos, acompañamos y respetamos a la niñez. Porque solo cuando sus voces sean realmente tenidas en cuenta podremos decir que vivimos en una sociedad justa.