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abril 19, 2025

La Primicia Noticias

Una Nueva mirada

Alcaldías tienen hasta el 18 de enero para posesionar a Consejos de Juventud

Asi lo recordó a las entidades territoriales el Ministro del Interior de Colombia , Daniel Palacios Martínez y Juan Arango Cárdenas, Consejero Presidencial para la juventud en circular externa donde precisa los lineamientos para la conformación de estas instancias de participación en cumplimiento del estatuto de ciudadania juvenil.

La circular señala que para el caso de los Consejos Municipales de Juventud los entes territoriales tiene plazo hasta el 18 de enero para dar posesión a los jóvenes elegidos como consejeros el día 5 de diciembre. Los consejeros de Juventud Departamentales el plazo es hasta el 1 de marzo y el Nacional entre el 1 de marzo y el 10 de octubre de 2022.

En ese sentido, los alcaldes y gobernadores deberán convocar a la mayor brevedad la instalación de dichos Consejos, cuyo proceso deben acompañar las personerías municipales.

Los entes territoriales deberán expedir un acto administrativo para la instalación de los Consejos Locales, Municipales y Distritales de Juventud, el cual deberá contener el plazo para que los consejeros remitan información sobre su elección como la credencial de la Registraduría entre otros y la fecha con la hora que se conformará e instalará el Consejo.

En Santo Tomás, en días pasados en comunicación con Saudith Vergara, Secretaria de Gobierno se informó que se encuentran en ese proceso para dar cumplimiento a esa importante instalación donde los jóvenes, una vez posesionados inicien con su trabajo de incidencia política.