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abril 19, 2025

La Primicia Noticias

Una Nueva mirada

En Puerto Colombia prohíben el parrillero por sectores para reducir la inseguridad

El alcalde municipal de Puerto Colombia, Wilman Vargas mediante la firma del decreto  N. 0310 del 06 de julio de 2021 estableció la restricción de circulación las 24 horas a vehículos tipo motocicletas, motocarros,  cuatrimotos y moto triciclos con acompañante de sexo masculino.

La medida aplicará en los sectores:Carrera 30 ( Corredor Universitario) a la Carrera 21 y 22 ( Sector Laguna  Mar), Calle 3 ( Avenida las Dunas, Avenida Tajamares, ciudad del Mar) a la Calle 9 y  10 ( Sector Country Club Villas) y Malecón de Puerto Colombia

El mandatario de los porteños dio a conocer que estas disposiciones han sido establecidas como estrategias de intervención que permitan  disminuir los índices de delitos por hurto  que están aquejando a la comunidad , fortaleciendo así  la seguridad y convivencia ciudadana.

El incumplimiento de las medidas establecidas implicará  un comparendo sancionatorio correspondiente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo.

Están exentos de la medida los siguientes funcionarios y/o personas que en el ejercicio de sus funciones o en desarrollo de sus actividades utilicen una motocicleta , mototriciclo , cuatrimoto o motocarro : pertenecientes a la Fuerza Pública, Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Organismos  de Tránsito y Transporte, Organismos de Emergencia y Socorro,  Escoltas de Funcionarios del Orden Nacional, Departamental, Distrital y Municipal debidamente identificados, supervisores  de vigilancia privada quienes deberán portar la correspondiente identificación y uniformados y cuyo vehículo esté identificado con el logo del emblema correspondiente; periodistas y voceadores de prensa debidamente carnetizados y acreditados por la casa periodística y cuyo vehículo esté identificado con el logo o emblema correspondiente,  siempre que su desplazamiento se realice sin acompañante en las zonas prohibidas; notificadores , dependientes o mensajeros de la Fiscalía General de la Nación,  Procuraduría General de la Nación,  Personería Distrital, Contraloría Departamental y Distrital, Defensoría del Pueblo,  Tribunales Superiores y Juzgados de la República con jurisdicción en el municipio de Puerto Colombia.

Se podrá tramitar ante la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal un permiso especial el cual aplicará acorde a los lineamientos establecidos. La dependencia será la encargada de verificar la documentación que acredite los requisitos y condiciones para evaluar su respectiva aprobación. Estas disposiciones han sido decretadas en aras de fortalecer la seguridad y convivencia ciudadana. 

Foto: CV Noticias